IMO / STCW · Buque de Pasaje · Servicios Portuarios / Amarre

Mooring Man / Amarrador

Alias: Amarrador de puerto / Linesman · Personal del servicio portuario de amarre (no es tripulante)

Asegura el amarre físico del buque al muelle bajo condiciones de alto riesgo.

Qué necesitas para ejercerlo

Titulación principal

  • Habilitación del servicio portuario de amarre: en España, servicio regulado por el TRLPEMM (RD Legislativo 2/2011, arts. 108 y ss.) bajo licencia de la Autoridad Portuaria; requisitos de personal según pliegos del puerto
  • Certificado de profesionalidad de Amarre de puerto y monoboyas (familia marítimo-pesquera — orientativo, verificar código MAPN) o experiencia acreditada equivalente

STCW base

  • No aplica STCW (personal de tierra): formación PRL (Ley 31/1995) específica de operaciones portuarias y reconocimiento médico de aptitud

Cursos específicos

  • Seguridad en amarre: zonas de snap-back, seno del cabo y comportamiento de estachas HMPE frente a alambre y fibra convencional (guía MEG4 de OCIMF como referencia — orientativo)
  • Manejo de lancha de amarre (titulación náutica exigida según pliego del puerto — orientativo) y comunicaciones VHF portuarias

Experiencia orientativa

Orientativo: 1 a 2 años como ayudante de cuadrilla antes de trabajar cabos de buques grandes; las cuadrillas de amarre operan a turnos 24/7 y se dimensionan por maniobra según el porte del buque. Cada Autoridad Portuaria fija los requisitos de su licencia.

Observaciones

Ruta de progresión: ayudante → amarrador → jefe de cuadrilla/encargado del servicio; la experiencia en amarre abre también puertas hacia marinería portuaria y prácticos de amarre de terminal. Reglas que salvan vidas: nunca pisar el seno ni situarse en la prolongación de un cabo en tensión, encapillar con la mano abierta sobre el bolardo y retirarse antes de que el buque cobre. Los cabos de alta tenacidad (HMPE) rompen con menos aviso que la fibra convencional: la disciplina de posición es la única defensa real.

Qué hace este puesto

DepartamentoServicios Portuarios / Amarre
GrupoServicios Portuarios y Tierra
Tipo de rolAmarrador
Reporta aOperador de terminal / Capitanía Marítima
SupervisaNo aplica

Personal de tierra del servicio portuario de amarre y desamarre — no es tripulante del buque. Recibe, encapilla y larga los cabos de buques de pasaje en la zona de mayor riesgo físico del muelle: un cabo de crucero en tensión almacena energía letal y las zonas de retroceso (snap-back) no siempre son evidentes. En España el amarre es un servicio portuario regulado por el Texto Refundido de la Ley de Puertos (RDL 2/2011), prestado bajo licencia de la Autoridad Portuaria.

Guardias típicas

  • Ventanas de maniobra: atraque y desatraque de buques

Responsabilidades clave

  • Recibir cabos del buque y asegurarlos en bolardos del muelle.
  • Trabajar bajo alto riesgo físico por tensión de líneas de amarre.
  • Coordinar por VHF con el puente y el práctico la secuencia de largado y encapillado de cabos.
  • Operar lanchas de amarre para llevar cabos a bolardos, boyas o duques de alba cuando la maniobra lo exige.

Alcance operativo

  • Muelle, bolardos, zona de amarre
  • Lanchas de amarre y coordinación VHF con el buque durante la maniobra

Ficha revisada por HydroAbyss (2026). Las normas y plazos citados son orientativos: la exigencia final la fija el pabellón, la Administración y cada compañía. Contenido en español; versiones en inglés y portugués disponibles en el explorador interactivo.