Qué necesitas para ejercerlo
Titulación principal
- Título profesional de Patrón Local de Pesca (RD 36/2014, art. 9)
- Prueba de aptitud sobre las materias del anexo II del RD 36/2014 (puente y máquinas), preparada en las escuelas náutico-pesqueras de las CCAA — no exige título académico de FP
STCW base
- Formación Básica en Seguridad (certificado de especialidad marítima)
- Aptitud psicofísica: impreso CRC o certificado médico del art. 13 RD 36/2014
Cursos específicos
- Formación sanitaria específica inicial y certificado de operador de radio según zona (orientativo, verificar)
- Marinero Pescador como certificado de embarque previo durante el período de servicio (orientativo)
Experiencia orientativa
Edad mínima de 18 años y 18 meses de embarque en pesqueros o auxiliares de pesca o acuicultura: al menos 6 meses en la sección de puente tras superar la prueba de aptitud; los 12 restantes pueden ser anteriores, con al menos 6 en la guardia de máquinas (art. 9.1 RD 36/2014).
Observaciones
Escala española de pesca (RD 36/2014): Capitán de Pesca > Patrón de Altura > Patrón de Litoral > Patrón Costero Polivalente > Patrón Local de Pesca. Es el escalón de entrada al mando: la ruta habitual sigue con el Patrón Costero Polivalente (prueba del anexo I) y, vía CFGM de Navegación y Pesca de Litoral, con el Patrón de Litoral. En la práctica gran parte de los titulares son patrones-armadores de artes menores que trabajan la marea del día.
Qué hace este puesto
Quinto y primer grado de mando de la escala española de pesca (RD 36/2014, art. 9), pensado para la flota artesanal y local: el titular manda el pesquero y lleva a la vez su máquina en buques de hasta 16 m de eslora y 140 kW dentro de las 12 millas. Se obtiene por prueba de aptitud (materias del anexo II) más 18 meses de embarque, sin título académico de FP. Es el perfil típico del patrón-armador de artes menores. Da paso natural, con más embarque y la prueba del anexo I, al Patrón Costero Polivalente.
Guardias típicas
- Mareas diarias o de jornada, condicionadas por la lonja y el estado de la mar
Responsabilidades clave
- Mandar el pesquero y llevar simultáneamente su máquina en buques de hasta 16 m y 140 kW dentro de las 12 millas.
- Planificar mareas de pesca local y artesanal (artes menores, cerco, marisqueo desde embarcación) y la venta en lonja.
- Ejercer como jefe de máquinas en pesqueros de hasta 250 kW o primer oficial de puente en pesqueros de menos de 24 m hasta 60 millas.
Alcance operativo
- Patrón y jefe de máquinas simultáneamente en pesqueros de eslora ≤ 16 m y potencia ≤ 140 kW, hasta 12 millas de las líneas de base rectas (art. 9.2 RD 36/2014); ampliación entre islas en Baleares y Canarias (orientativo, verificar)
- Primer oficial de puente en pesqueros de eslora < 24 m hasta 60 millas; jefe de máquinas en pesqueros de hasta 250 kW
Ficha revisada por HydroAbyss (2026). Las normas y plazos citados son orientativos: la exigencia final la fija el pabellón, la Administración y cada compañía. Contenido en español; versiones en inglés y portugués disponibles en el explorador interactivo.