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España · Titulaciones Náuticas y Profesionales · Buque Mercante (Carga) · Puente

Patrón de Altura (España)

Alias: Patrón de Altura

Mando de buques civiles de menos de 1.600 GT y oficial de puente hasta 3.000 GT: la titulación de mando del ciclo superior de FP marítima (por encima quedan Piloto y Capitán).

Qué necesitas para ejercerlo

Titulación principal

  • Título profesional de Patrón de Altura de la marina mercante (RD 269/2022), con el Ciclo Formativo de Grado Superior en Transporte Marítimo y Pesca de Altura (CFGS)
  • Emitido por DGMM — Dirección General de la Marina Mercante (Ministerio de Transportes)

STCW base

  • A-VI/1 Formación Básica en Seguridad
  • A-VI/2-1 Embarcaciones de supervivencia y botes de rescate (no rápidos)
  • A-VI/3 Lucha avanzada contra incendios
  • A-VI/4-2 Cuidados médicos avanzados

Cursos específicos

  • Operador General del SMSSM (GOC)
  • Radar de seguimiento automático (ARPA)
  • ECDIS (Sistema Electrónico de Cartas)
  • Formación sanitaria avanzada específica
  • Gestión y maniobra de buques

Experiencia orientativa

Para el título: 12 meses de embarque, al menos 6 como alumno de puente con cometidos de guardia (art. 15.2.c). Después, cada atribución suma embarque: 12 meses como oficial para el mando hasta 500 GT y 350 pasajeros; 36 meses (20 años de edad) para el mando hasta 1.600 GT, reducibles a 24 con 12 de primer oficial.

Observaciones

Es la titulación de mando del ciclo superior de FP marítima; Piloto de Segunda Clase, Piloto de Primera Clase y Capitán (vía universitaria) quedan por encima. Compatible con refrendos STCW adicionales para buques de pasaje y buques tanque. Cada atribución exige su propio periodo de embarque (art. 15 RD 269/2022).

Qué hace este puesto

DepartamentoPuente
GrupoTitulaciones Profesionales Náuticas (España)
Tipo de rolOficial de Mando / Gestión
Reporta aArmador / Autoridad Marítima
SupervisaOficiales de puente, Jefe de Máquinas, Tripulación general

El Patrón de Altura de la Marina Mercante es la titulación de mando del ciclo superior de Formación Profesional marítima; por encima quedan Piloto de Segunda Clase, Piloto de Primera Clase y Capitán de la Marina Mercante. El artículo 15 del RD 269/2022 le atribuye ejercer de oficial de puente en buques de menos de 3.000 GT; de capitán en buques de menos de 1.600 GT, con 20 años cumplidos y 36 meses de embarque como oficial (reducibles a 24); y de capitán o primer oficial en buques de menos de 500 GT con un máximo de 350 pasajeros, en navegaciones próximas a la costa. Se expide conforme a las reglas II/1, II/2.3 y II/3 del STCW.

Guardias típicas

  • Turnos de 4 u 8 horas de guardia de navegación en puente

Responsabilidades clave

  • Mando de buques civiles de menos de 1.600 GT; como oficial y primer oficial de puente, hasta 3.000 GT con el embarque exigido.
  • Mando de buques de pasaje de menos de 500 GT y hasta 350 pasajeros, en navegaciones próximas a la costa.
  • Cumplimiento del convenio STCW, SOLAS y leyes nacionales.
  • Gestión de la estiba, carga y seguridad de la carga.
  • Seguridad de la vida humana y protección del medio marino.

Alcance operativo

  • Sin limitación de zona como oficial de puente (con 24 meses de embarque); el mando en pasaje, solo en navegaciones próximas a la costa

Ficha revisada por HydroAbyss (2026). Las normas y plazos citados son orientativos: la exigencia final la fija el pabellón, la Administración y cada compañía.