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Patrón de Navegación Básica (PNB)

Alias: PNB · Patrón de Navegación Básica

Primera titulación formal para navegación básica a motor y vela en aguas costeras. Atribuciones: hasta 8 m de eslora y 5 millas de un abrigo.

Qué necesitas para ejercerlo

Titulación principal

  • Patrón de Navegación Básica (RD 875/2014): examen teórico oficial (DGMM o CCAA) + prácticas básicas de seguridad y navegación de 8 horas en escuela homologada.
  • Habilitación de vela: prácticas específicas de vela adicionales (16 horas) si se quiere gobernar veleros dentro de las atribuciones.
  • Edad: 18 años, o 16-17 con consentimiento; reconocimiento psicofísico en centro autorizado.

STCW base

No aplica.

Cursos específicos

  • Temario del examen: nomenclatura, balizamiento, RIPA esencial, seguridad y meteo básica
  • Prácticas de seguridad y maniobra a motor (8 h)
  • Radio: uso básico de VHF en las prácticas (el SRC/certificado de radio se obtiene aparte — orientativo)

Experiencia orientativa

Sin requisito de experiencia previa; el examen teórico aprobado del PNB queda además convalidado como parte del temario del PER (orientativo, según convocatoria).

Observaciones

Título de recreo sin validez profesional. Escala: Licencia de Navegación → PNB → PER → Patrón de Yate → Capitán de Yate; para trabajar, la pasarela es el PPER (marco España profesional del explorador).

Qué hace este puesto

DepartamentoNáutica Deportiva
GrupoTítulos Náuticos de Recreo
Tipo de rolPatrón de Recreo
Reporta aN/A
SupervisaNo aplica

Primer título examinado de la escala de recreo: habilita para gobernar embarcaciones a motor de hasta 8 metros de eslora sin alejarse más de 5 millas en cualquier dirección de un abrigo, y para motos náuticas dentro de los límites de su clase. Es el paso natural entre la Licencia de Navegación y el PER, y comparte con este parte del temario.

Guardias típicas

  • Navegación diurna y nocturna (hasta límite atribuciones)

Responsabilidades clave

  • Gobierno de embarcaciones a motor hasta 8 m de eslora.
  • Navegación hasta 5 millas náuticas del puerto o lugar de abrigo.
  • Vela hasta 8 m (atribución complementaria).

Alcance operativo

  • Embarcación motor ≤ 8 m
  • Zona ≤ 5 mn del puerto

Ficha revisada por HydroAbyss (2026). Las normas y plazos citados son orientativos: la exigencia final la fija el pabellón, la Administración y cada compañía. Contenido en español; versiones en inglés y portugués disponibles en el explorador interactivo.